225.018 €
Sanción máxima por infracciones muy graves
La ley te obliga a entregar este documento a cada empleado. Genera el tuyo ahora: personalizado, conforme a la normativa 2026 y listo para firmar.
225.018 €
Sanción máxima por infracciones muy graves
21.649
Trabajadores afectados en 2024
33,9%
Detección en campañas dirigidas (2022)
El comunicado se genera conforme al Art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, la LOPDGDD y las recomendaciones de la Inspección de Trabajo.
Especifica cómo fichará cada empleado: app, web, geofence, kiosko, terminal.
Cláusula RGPD/LOPDGDD diferenciando dispositivos empresa vs. personales.
Configuración de pausas: fijas, automáticas, semiflexibles o flexibles.
Compromiso de la empresa conforme a la Ley Orgánica 3/2018.
Base legal del tratamiento, derechos ARCO y responsable del fichero.
Verifica que tu comunicado cubre todos los requisitos antes de descargarlo.
Define horarios y cómputo como tiempo de trabajo según convenio.
Documento legalizado con datos de tu empresa, listo para entregar y firmar.
Sin registro previo. Sin coste.
Selecciona los métodos que usará tu empresa: app móvil, web, geofence, kiosko o terminal biométrico. Define si los dispositivos son de empresa o personales.
Indica el tipo de pausas (automáticas, fijas, flexibles), si habrá checklist al fichar, y si usas geolocalización o verificación.
Introduce los datos de tu empresa (nombre, fecha, identificador) y descarga el comunicado personalizado en PDF. Listo para entregar y firmar.
Gratis, sin registro, y descargable en PDF.
Generar comunicadoNota legal: Este generador produce un documento informativo basado en la normativa vigente (RDL 8/2019, LOPDGDD, Ley Orgánica 3/2018). No constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones complejas o convenios colectivos específicos, consulta con un abogado laboralista.
Es el documento que la empresa está obligada a entregar a cada empleado cuando implanta un sistema de registro de jornada. No es un trámite interno: es una exigencia legal derivada del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).
El comunicado cumple dos funciones. Primero, informar al trabajador de que se va a registrar su jornada, con qué sistema y bajo qué condiciones. Segundo, documentar que la empresa ha cumplido con su obligación de informar — lo cual es clave si hay una inspección o una reclamación posterior. Sin este documento, la empresa queda expuesta incluso aunque tenga un sistema de fichaje funcionando.
La Inspección de Trabajo no solo comprueba que exista el registro: también verifica que los trabajadores hayan sido debidamente informados.
Según la normativa vigente y las recomendaciones de la Inspección de Trabajo, un comunicado legal de control horario completo debe cubrir estos puntos:
Nuestro generador cubre todos estos puntos y adapta el documento a las opciones que selecciones: tipo de fichaje, pausas, geolocalización y dispositivos.
No entregar el comunicado legal es un error que muchas empresas cometen por desconocimiento. Y tiene consecuencias concretas.
La Inspección de Trabajo puede considerar que el sistema de registro no se ha implantado correctamente si no existe constancia de que los trabajadores han sido informados. Esto puede derivar en una infracción grave (751€ a 7.500€) incluso si la empresa tiene un sistema de fichaje funcionando.
Si un trabajador reclama horas extra y la empresa no puede demostrar que le informó del sistema de registro, la posición de la empresa se debilita. Los tribunales valoran la transparencia: una empresa que informa es una empresa que actúa de buena fe.
Si el sistema utiliza geolocalización y no se ha informado al trabajador conforme a la LOPDGDD, la Agencia Española de Protección de Datos puede imponer sanciones adicionales. Las multas por infracciones graves van de 40.001€ a 300.000€.
Genera tu comunicado personalizado, descárgalo en PDF y entrégalo a tu equipo. Gratis, sin registro.