Gratis 2 minutos PDF descargable

Tu comunicado legal de
control horario en 2 minutos

La ley te obliga a entregar este documento a cada empleado. Genera el tuyo ahora: personalizado, conforme a la normativa 2026 y listo para firmar.

187.515 €

Sanción máxima por infracciones muy graves

21.649

Trabajadores afectados en 2024

33,9%

Detección en campañas dirigidas (2022)

Qué incluye tu comunicado

El comunicado se genera conforme al Art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, la LOPDGDD y las recomendaciones de la Inspección de Trabajo.

Modalidades de fichaje

Especifica cómo fichará cada empleado: app, web, geofence, kiosko, terminal.

Geolocalización y consentimiento

Cláusula RGPD/LOPDGDD diferenciando dispositivos empresa vs. personales.

Gestión de pausas

Configuración de pausas: fijas, automáticas, semiflexibles o flexibles.

Derecho a desconexión digital

Compromiso de la empresa conforme a la Ley Orgánica 3/2018.

Protección de datos

Base legal del tratamiento, derechos ARCO y responsable del fichero.

Checklist automático

Verifica que tu comunicado cubre todos los requisitos antes de descargarlo.

Pausas retribuidas

Define horarios y cómputo como tiempo de trabajo según convenio.

PDF personalizado

Documento legalizado con datos de tu empresa, listo para entregar y firmar.

Cómo funciona

Sin registro previo. Sin coste.

1

Elige tus modalidades de fichaje

Selecciona los métodos que usará tu empresa: app móvil, web, geofence, kiosko o terminal biométrico. Define si los dispositivos son de empresa o personales.

2

Configura pausas y funcionalidades

Indica el tipo de pausas (automáticas, fijas, flexibles), si habrá checklist al fichar, y si usas geolocalización o verificación.

3

Descarga tu PDF

Introduce los datos de tu empresa (nombre, fecha, identificador) y descarga el comunicado personalizado en PDF. Listo para entregar y firmar.

Genera tu comunicado ahora

Gratis, sin registro, y descargable en PDF.

Generar comunicado

Nota legal: Este generador produce un documento informativo basado en la normativa vigente (RDL 8/2019, LOPDGDD, Ley Orgánica 3/2018). No constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones complejas o convenios colectivos específicos, consulta con un abogado laboralista.

Qué pasa si no entregas el comunicado

No entregar el comunicado legal es un error que muchas empresas cometen por desconocimiento. Y tiene consecuencias concretas.

Ante una inspección

La Inspección de Trabajo puede considerar que el sistema de registro no se ha implantado correctamente si no existe constancia de que los trabajadores han sido informados. Esto puede derivar en una infracción grave (751€ a 7.500€) incluso si la empresa tiene un sistema de fichaje funcionando.

Ante una reclamación de un empleado

Si un trabajador reclama horas extra y la empresa no puede demostrar que le informó del sistema de registro, la posición de la empresa se debilita. Los tribunales valoran la transparencia: una empresa que informa es una empresa que actúa de buena fe.

Ante la AEPD

Si el sistema utiliza geolocalización y no se ha informado al trabajador conforme a la LOPDGDD, la Agencia Española de Protección de Datos puede imponer sanciones adicionales. Las multas por infracciones graves van de 40.001€ a 300.000€.

Preguntas frecuentes sobre el comunicado legal

¿Es obligatorio entregar el comunicado a cada empleado?
Sí. La obligación de informar viene del Art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores y del Art. 13 del RGPD. La empresa debe comunicar a cada trabajador cómo funciona el sistema de registro, qué datos se recogen y con qué finalidad. El comunicado es la forma más habitual de cumplir con esta obligación.
¿Tiene que firmarlo el empleado?
La firma no es estrictamente obligatoria por ley, pero es muy recomendable. La firma del trabajador acredita que ha recibido la información, lo que protege a la empresa ante una inspección o una reclamación judicial. Sin firma, es la palabra de la empresa contra la del trabajador.
¿Cada cuánto hay que actualizar el comunicado?
Cada vez que haya un cambio relevante en el sistema: nueva modalidad de fichaje, activación de geolocalización, cambio en el tratamiento de pausas o modificación de la política de datos. También cuando entre en vigor nueva normativa que afecte al registro horario. No hay periodicidad fija, pero conviene revisarlo al menos una vez al año.
¿Vale un email o tiene que ser en papel?
La ley no especifica formato. Un email con acuse de recibo puede ser válido, pero un documento firmado en papel o con firma digital ofrece mayor seguridad jurídica. Lo importante es poder demostrar que el trabajador recibió la información. Nuestro generador crea un PDF con espacio para firma que puedes entregar en mano o enviar digitalmente.
¿Sirve para empresas que usan geolocalización?
Sí. El generador incluye secciones específicas para geolocalización: diferencia entre dispositivo de empresa y personal, incluye la cláusula de consentimiento cuando es necesaria, y detalla las condiciones de uso (solo durante horario laboral, sin seguimiento fuera de jornada, principio de proporcionalidad). Todo conforme a la LOPDGDD y las directrices de la AEPD.
¿Necesito un comunicado diferente para cada tipo de empleado?
Si todos los empleados usan el mismo sistema con las mismas condiciones, basta con un comunicado único. Si hay diferencias (por ejemplo, unos usan geolocalización y otros no, o unos fichan con app y otros con terminal), conviene generar comunicados adaptados a cada grupo. El generador permite personalizar las opciones para cada caso.

Cumple la ley en 2 minutos.
Sin pagar a un abogado.

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