RD 8/2019 — Obligatorio desde mayo 2019

Tabla de Sanciones Laborales
por Incumplimiento del Registro Horario

No fichar puede costar entre 60€ y 187.515€ por centro de trabajo. Consulta todas las infracciones clasificadas por gravedad y cómo evitarlas.

Clasificadas por gravedad — LISOS art. 40

Consulta las sanciones por incumplimiento
del registro horario

Fuente: Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), RD Legislativo 5/2000 y RD 8/2019.

Motivo Descripción Gravedad Sanción
Registro de horas no realizado Omitir las condiciones de ejecución principales de la prestación laboral. Leve 60€ – 625€
Registro de horas no realizado Incumplimiento de requisitos formales o documentales. Leve 60€ – 625€
Registro de horas no realizado Superar los límites legales o pactados en el convenio colectivo en materia de horas trabajadas. Grave 625€ – 6.250€
No informar a los Representantes Legales de los Trabajadores Omisión de información a los RLT sobre horas extraordinarias realizadas. Grave 625€ – 6.250€
Límite de horas extras superado Superar los límites legales o pactados en jornada laboral, trabajo nocturno, horas extraordinarias, vacaciones, permisos y/o descansos. Grave 625€ – 6.250€
Horas extraordinarias no reflejadas en nómina No indicar la cantidad abonada en nómina ni la compensación en tiempo equivalente. Grave 625€ – 6.250€
Condiciones de trabajo inferiores a las legales Asignar condiciones de trabajo inferiores a las establecidas por ley o en convenio colectivo. Grave 625€ – 6.250€
Impago o retraso reiterado del salario Impago o retraso reiterado en el pago del salario, incluyendo horas extraordinarias no abonadas. Muy grave 6.251€ – 187.515€
Falsificación o manipulación del registro Falsificación, manipulación o coacción a los trabajadores para que no ejerzan sus derechos sobre el registro horario. Muy grave 6.251€ – 187.515€

Las sanciones se aplican  por centro de trabajo afectado. Con la nueva ley de registro digital (prevista 2026) se estudia aplicarlas por trabajador, lo que multiplicaría exponencialmente el impacto para empresas medianas y grandes.

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¿Cómo evitar multas por incumplimiento
del Registro Horario?

Tres obligaciones concretas que evitan el 95% de las sanciones que impone la Inspección de Trabajo.

Registra la jornada todos los días

Obligatorio para cada trabajador desde el 12 de mayo de 2019 (RD 8/2019). Sin excepción: presencial, remoto, parcial o turnos. La ITSS puede pedir datos de cualquier día de los últimos 4 años.

Conserva los registros 4 años

La ley exige mantener los datos accesibles para la Inspección en cualquier momento. Un registro en papel o Excel que no pueda auditarse equivale a no tener registro. Calcula cuánto le cuesta a tu empresa no cumplir →

Informa a los representantes legales

Si tienes delegados sindicales o comité de empresa, tienen derecho a consultar los registros horarios. Negarles el acceso es infracción grave: de 625€ a 6.250€.

Consulta la guía completa de control horario

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